Art. 22
Comunicación del código de las bases de datos de los organismos emisores
En vigor desde 6 jun 2008
Artículo 22
Comunicación del código de las bases de datos de los organismos emisores
Los Estados miembros comunicarán los nombres, direcciones, incluidos los datos de contacto, y el código de identificación compatible con el UELN de seis dígitos de las bases de datos de los organismos emisores a los demás Estados miembros y al público en un sitio web.
Con objeto de ayudar a los Estados miembros a ofrecer esta información, la Comisión creará un sitio web en el que cada Estado miembro incluirá un vínculo a su sitio web nacional.
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