Art. 14
Recursos financieros
En vigor desde 11 mar 2008
Artículo 14
Recursos financieros
1. El EIT se financiará mediante una aportación procedente del presupuesto general de la Unión Europea, dentro de la dotación financiera establecida en el artículo 19 y de otras fuentes públicas y privadas.
2. Las CCI se financiarán, en particular, de las siguientes fuentes:
a)
aportaciones de empresas u organizaciones privadas, que constituirán una fuente importante de financiación;
b)
aportaciones con cargo al presupuesto general de la Unión Europea;
c)
aportaciones estatutarias o voluntarias de los Estados participantes, de terceros países o de autoridades públicas de los mismos;
d)
legados, donaciones y aportaciones de particulares, instituciones, fundaciones y otros organismos nacionales;
e)
ingresos generados por las actividades propias de las CCI y derechos de propiedad intelectual;
f)
ingresos generados por los productos o las dotaciones de capital de las actividades propias del EIT, incluidos los gestionados por la Fundación del EIT;
g)
aportaciones de organismos o instituciones internacionales;
h)
empréstitos y aportaciones del Banco Europeo de Inversiones, incluida la posibilidad de utilizar el Mecanismo de Financiación del Riesgo Compartido, con arreglo a los criterios para acogerse a ellos y a los procedimientos de selección.
Las aportaciones podrán incluir aportaciones en especie.
3. Las modalidades de acceso a la financiación del EIT se definirán en su Reglamento financiero, al que se hace referencia en el artículo 21, apartado 1.
4. La aportación del presupuesto de la Unión Europea a los costes de creación, administración y coordinación de las CCI procederá de la dotación financiera establecida en el artículo 19.
5. Las CCI o sus organizaciones socias podrán solicitar ayudas de la Comunidad, en particular en el marco de los programas y fondos comunitarios, de conformidad con sus normas respectivas, y sus solicitudes recibirán el mismo trato que otras solicitudes. En tal caso, dicha ayuda no se asignará a actividades ya financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión.
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