Art. 7

Definiciones

En vigor desde 15 ene 2008
Artículo 7 Definiciones A los efectos del presente Reglamento los términos «designación», «presentación» y «etiquetado» se definen en los puntos 14, 15 y 16 del anexo I.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2008:110(1):oj#art-7

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil