Art. 3
En vigor desde 23 nov 2007
Artículo 3
Queda derogado el Reglamento (CE) no 2019/94.
Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo III.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2007:1375:oj#art-3