Art. 36

Avería

En vigor desde 22 oct 2007
Artículo 36 Avería Si los medios electrónicos para transmitir diariamente los informes a y del centro de seguimiento de pesca no funcionan, el capitán y el observador continuarán informando diariamente por otros medios y mantendrán un registro escrito de dichas transmisiones a bordo y a disposición de los inspectores.
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