Art. 8
Porcentaje de aceptación para la expedición de certificados de exportación y suspensión de la presentación de solicitudes de certificados
En vigor desde 21 ago 2007
Artículo 8
Porcentaje de aceptación para la expedición de certificados de exportación y suspensión de la presentación de solicitudes de certificados
Cuando las cantidades que hayan sido objeto de solicitudes de certificados de exportación sobrepasen el límite cuantitativo fijado en el artículo 1, apartado 1, del presente Reglamento durante el período en cuestión, serán de aplicación, mutatis mutandis, las disposiciones establecidas en el artículo 9 del Reglamento (CE) no 951/2006.
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