Art. 1

Ámbito de aplicación

En vigor desde 23 jul 2007
Artículo 1 Ámbito de aplicación El presente Acuerdo establece los principios, normas y procedimientos que regulan: — la cooperación económica, financiera, técnica y científica en el sector pesquero, con el fin de establecer una pesca responsable en la zona de pesca de Santo Tomé y Príncipe para garantizar la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros y desarrollar el sector pesquero en Santo Tomé y Príncipe, — las condiciones de acceso de los buques pesqueros comunitarios a la zona de pesca de Santo Tomé y Príncipe, — la cooperación en materia de vigilancia de las actividades pesqueras en la zona de pesca de Santo Tomé y Príncipe con objeto de garantizar el cumplimiento de las citadas condiciones, la eficacia de las medidas de conservación y ordenación de los recursos pesqueros, y la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, — las asociaciones entre empresas tendentes a desarrollar actividades económicas en el sector pesquero y actividades conexas, en aras del interés común.
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