Art. 16
Cláusula de revisión
En vigor desde 23 jul 2007
Artículo 16
Cláusula de revisión
Durante el tercer año de aplicación del presente Acuerdo, las Partes podrán revisar sus disposiciones y, si procede, modificarlas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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