Art. 107
Auditorías de las operaciones
En vigor desde 12 jun 2007
Artículo 107
Auditorías de las operaciones
1. Las auditorías mencionadas en el artículo 105, apartado 1, letra b), se llevarán a cabo cada período de 12 meses a partir del 1 de julio del año siguiente al de la adopción del programa transfronterizo, sobre una muestra de operaciones seleccionadas por un método establecido o aprobado por la autoridad fiscalizadora en concertación con la Comisión.
Las auditorías se llevarán a cabo sobre el terreno a partir de los documentos y registros que posea el beneficiario final.
Los países participantes garantizarán un reparto adecuado de esas auditorías durante el período de ejecución.
2. Estas auditorías verificarán que se cumplen las condiciones siguientes:
a)
la operación cumple los criterios de selección establecidos para el programa transfronterizo, se ha ejecutado de conformidad con la decisión aprobatoria y cumple todas las condiciones aplicables con respecto a su funcionalidad y uso o a los objetivos que han de alcanzarse;
b)
los gastos declarados se corresponden con los registros contables y los documentos acreditativos que obran en poder del beneficiario final;
c)
los gastos declarados por el beneficiario final son conformes a las normas comunitarias y nacionales;
d)
la contribución pública ha sido abonada al beneficiario final de conformidad con el artículo 40, apartado 9.
3. Cuando los problemas detectados parezcan ser de carácter sistémico y, por consiguiente, entrañen un riesgo para otras operaciones en el marco del programa transfronterizo, la autoridad fiscalizadora velará por que se lleven a cabo nuevos exámenes, que incluyan auditorías adicionales cuando sea necesario, para determinar su alcance. Las medidas necesarias tanto preventivas como correctoras las tomarán las autoridades competentes.
4. Al menos el 5 % de los gastos totales declarados por los beneficiarios principales y certificados a la Comisión en la declaración final de gastos se auditarán de conformidad con el apartado 2 antes del cierre de un programa transfronterizo.
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