Art. 10

Duración y recursos presupuestarios

En vigor desde 23 may 2007
Artículo 10 Duración y recursos presupuestarios 1.   La aplicación del presente Reglamento comenzará el 1 de enero de 2007 y terminará el 31 de diciembre de 2013. 2.   La dotación financiera para la aplicación de LIFE+ ascenderá a 2 143 409 000 EUR para el período entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013. 3.   Los recursos presupuestarios destinados a las acciones previstas en el presente Reglamento se consignarán como créditos anuales en el presupuesto general de la Unión Europea. La autoridad presupuestaria autorizará los créditos anuales disponibles dentro de los límites del marco financiero. 4.   El 50 %, como mínimo, de los recursos presupuestarios para LIFE+ dedicados a subvenciones para actividades concretas a proyectos se destinará a medidas de apoyo a la conservación de la naturaleza y la biodiversidad.
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