Art. 7

Documentos que deberán presentar los agentes económicos y validez de los certificados de ayuda

En vigor desde 20 dic 2006
Artículo 7 Documentos que deberán presentar los agentes económicos y validez de los certificados de ayuda 1.   Las autoridades competentes aceptarán la solicitud de certificado de ayuda presentada por un agente económico para un envío cuando vaya acompañada por el original de la factura de compra, o una copia certificada de ella. La factura de compra y el conocimiento de embarque o la carta de porte aéreo deberán estar expedidos a nombre del solicitante del certificado. 2.   El certificado tendrá un período de validez de 45 días. Ese período de validez podrá ser prorrogado por la autoridad competente, en casos especiales, cuando existan dificultades graves e imprevisibles que afecten al plazo de realización del transporte, si bien no podrá ser superior a dos meses a partir de la fecha de expedición del certificado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2006:1914:oj#art-7

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil