Art. 17
Obligación de realizar el deshuesado
En vigor desde 8 nov 2006
Artículo 17
Obligación de realizar el deshuesado
Los organismos de intervención se cerciorarán de que toda la carne comprada esté deshuesada.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2006:1669:oj#art-17