Art. 56
Notificación de las designaciones e información al respecto
En vigor desde 14 jun 2006
Artículo 56
Notificación de las designaciones e información al respecto
1. Los Estados miembros notificarán a la Comisión las designaciones de:
a)
las autoridades competentes, realizadas con arreglo al artículo 53;
b)
los delegados, realizadas con arreglo al artículo 54, y
c)
en su caso, las oficinas de aduana de entrada y salida de la Comunidad, realizadas con arreglo al artículo 55.
2. Los Estados miembros comunicarán cada año a la Comisión los siguientes datos relativos a estas designaciones:
a)
nombre;
b)
domicilio postal;
c)
dirección electrónica;
d)
número de teléfono:
e)
número de fax, y
f)
lenguas aceptables para las autoridades competentes.
3. Los Estados miembros comunicarán inmediatamente a la Comisión cualquier modificación de estos datos.
4. Estos datos, así como toda modificación que hayan experimentado, se presentarán a la Comisión en formato electrónico e impreso si así se exige.
5. La Comisión publicará en su página web las listas de autoridades competentes, delegados y oficinas de aduana de entrada y salida de la Comunidad designados, y actualizará estas listas según proceda.
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