Art. 2
Modificación
En vigor desde 1 feb 2006
Artículo 2
Modificación
En el anexo I del Reglamento (CE) no 1774/2002, el punto 39 se sustituye por el texto siguiente:
«39)
“tierras de pasto”: tierras cubiertas de hierbas u otras plantas forrajeras en las que pacen animales de granja o se utilizan como piensos destinados a estos animales, excluidas las tierras en las que se han aplicado abonos o enmiendas del suelo de origen orgánico conforme al Reglamento (CE) no 181/2006 de la Comisión (*1);
(*1)
DO L 29 de 2.2.2006, p. 31
»."
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