Art. 5

Estructura de los artes de pesca

En vigor desde 21 dic 2005
Artículo 5 Estructura de los artes de pesca 1.   Queda prohibida la utilización de mecanismos que obstruyan las mallas o reduzcan el tamaño de éstas en el copo. 2.   No obstante lo dispuesto en el apartado 1, podrá fijarse en la cara exterior de la mitad inferior del copo de los artes activos un trozo de tela, un paño de red o cualquier otro material que tenga por finalidad prevenir o reducir el desgaste. Dichos materiales deberán fijarse únicamente en los bordes anteriores y laterales del copo de la red. 3.   No obstante lo dispuesto en el apartado 1, en las redes de arrastre, redes de tiro danesas y artes similares que tengan un tamaño de malla inferior a 90 mm podrá fijarse una cubierta de refuerzo en la cara exterior del copo. El tamaño de las mallas de la cubierta de refuerzo deberá ser al menos el doble del de las mallas del copo y en ningún caso podrá ser inferior a 80 mm. La cubierta de refuerzo podrá fijarse en los siguientes puntos: a) en su extremo anterior; b) en su extremo posterior, o c) circularmente entre la parte posterior y anterior. La cubierta de refuerzo podrá atarse: a) circularmente alrededor del copo y la manga, siguiendo una fila de mallas, o b) longitudinalmente a lo largo de una sola fila de mallas. 4.   No obstante lo dispuesto en el apartado 1, estará permitido: a) utilizar en los artes activos una red de retención o trampa. La trampa podrá ir fijada bien en el interior del copo, bien en la parte anterior del copo. Las disposiciones sobre los tamaños mínimos de malla establecidos en el anexo II no se aplicarán a la trampa. La distancia que separa el punto de fijación delantero de la trampa y el extremo posterior del copo deberá ser al menos el triple de la longitud de la trampa; b) fijar en la cara exterior de alguna parte del copo un sensor para medir el volumen de las capturas; c) cuando se pesque con redes de arrastre, redes de tiro danesas o artes similares con un tamaño de malla inferior a 90 mm, utilizar estrobos para izar y estrobos circulares fijados en la cara exterior del copo; d) cuando se pesque con redes de arrastre, redes de tiro danesas o artes similares con un tamaño de malla igual o superior a 90 mm, utilizar un estrobo para izar fijado en la cara exterior del copo; e) fijar flotadores en los dos costadillos del copo; f) utilizar un estrobo de atrás fijado en la cara exterior del copo. La distancia entre el estrobo de atrás y el rebenque será igual o inferior a 50 cm.
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