Art. 10
Respeto de los principios fundamentales y refuerzo de los mercados locales
En vigor desde 14 dic 2005
Artículo 10
Respeto de los principios fundamentales y refuerzo de los mercados locales
1. A fin de acelerar la erradicación de la pobreza mediante la promoción de las capacidades, los mercados y las adquisiciones locales, deberá prestarse particular consideración a la contratación pública local y regional en los países socios.
2. Los licitadores a quienes se hayan adjudicado contratos respetarán las normas laborales fundamentales internacionalmente reconocidas, es decir, las normas laborales fundamentales de la OIT, los convenios sobre libertad de asociación y negociación colectiva, eliminación del trabajo forzoso u obligatorio, eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación, y abolición del trabajo infantil.
3. El acceso de los países en desarrollo a la ayuda exterior comunitaria se posibilitará mediante toda la asistencia técnica que se considere adecuada.
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