Art. 6
En vigor desde 28 nov 2005
Artículo 6
El Reglamento (CE) no 196/97 queda modificado como sigue:
1)
En el artículo 3, apartado 1, la letra b) se sustituye por el texto siguiente:
«b)
en la casilla 24 de la solicitud de certificado y del certificado de importación deberá figurar una de las indicaciones que figuran en el anexo;».
2)
El texto que figura en el anexo V del presente Reglamento se añade como anexo.
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