Capítulo CAPÍTULO II

Art. 5

En vigor desde 12 jul 2015
Los precios unitarios para la financiación de los pagos por capacidad regulados en el anexo III de la Orden ITC/2794/2007, de 27 de septiembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de octubre de 2007, y en la Orden ITC/3127/2011, de 17 de noviembre, por la que se regula el servicio de disponibilidad de potencia de los pagos por capacidad y se modifica el incentivo a la inversión al que hace referencia el anexo III de la Orden ITC/2794/2007, de 27 de septiembre, aplicables por la energía adquirida por los sujetos a los que se refiere la disposición adicional séptima de la Orden ITC/3860/2007, de 28 de diciembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de enero de 2008, serán los siguientes: Peajes de acceso Precio unitario para la financiación de los pagos por capacidad Euro/kWh (b.c.) P1 P2 P3 P4 P5 P6 Peajes de baja tensión: 2.0 A (Pc ≤ 10 kW). 0,008181 2.0 DHA (Pc ≤ 10 kW). 0,008430 0,001422 2.0 DHS (Pc ≤ 10 kW). 0,008430 0,001920 0,001138 2.1 A (10< Pc ≤ 15 kW). 0,008181 2.1 DHA (10< Pc ≤ 15 kW). 0,008430 0,001422 2.1 DHS (10< Pc ≤ 15 kW). 0,008430 0,001920 0,001138 3.0 A ( Pc > 15 kW). 0,014798 0,007606 0,000102 Peajes de alta tensión: 3.1 A ( 1 kV a 36 kV). 0,011365 0,006119 0,000000 6.1A (1 kV a 30 kV). 0,011365 0,005246 0,003496 0,002622 0,002622 0,000000 6.1B (30 kV a 36 kV). 0,011365 0,005246 0,003496 0,002622 0,002622 0,000000 6.2 ( 36 kV a 72,5 kV). 0,011365 0,005246 0,003496 0,002622 0,002622 0,000000 6.3 ( 72,5 kV a 145 kV ). 0,011365 0,005246 0,003496 0,002622 0,002622 0,000000 6.4 ( Mayor o igual a 145 kV). 0,011365 0,005246 0,003496 0,002622 0,002622 0,000000
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eli/es/rdl/2015/07/10/9#art-5

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