Título TÍTULO VI

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 22 mar 2026
Se añade un nuevo epígrafe p) al apartado 2 del artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con el siguiente tenor literal: «p) Promoción y participación en comunidades ciudadanas de energía y comunidades de energías renovables que permitan contribuir a la obtención de beneficios medioambientales, económicos o sociales en los municipios donde operan, así como el impulso de actuaciones de transición energética tales como la eficiencia energética, la electrificación y el fomento del autoconsumo.»
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eli/es/rdl/2026/03/20/7#disposicion-final-segunda

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