Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 31 mar 2022
Los operadores 5G que sean titulares o exploten elementos críticos de una red pública 5G deberán remitir al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital la estrategia de diversificación en la cadena de suministro en el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de este real decreto-ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdl/2022/03/29/7#disposicion-adicional-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil