Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 13 may 2023
1. Se declara de interés general del Estado la actuación de mejora del abastecimiento a la entidad local de Matalascañas en Almonte (Huelva) desde la estación de tratamiento de agua potable de Palos (Huelva), en los términos previstos en el Plan Hidrológico del Guadalquivir, aprobado por el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero. La declaración de interés general implicará el otorgamiento a la Administración General del Estado de la competencia para la construcción, mantenimiento y explotación de la obra, sin que dicha competencia se extienda al servicio público cuya competencia está atribuida a otra Administración, ni a actuaciones nuevas sobre dicha infraestructura. Tampoco comprenderá las obras de gran reparación, rehabilitación, ampliación o sustitución, que requerirán una nueva declaración de interés general.
La actuación incluida en esta disposición llevará implícita la declaración de utilidad pública y de urgencia a los efectos previstos en los artículos 9, 10, 11 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
2. Se autoriza la transferencia de hasta 3 hm 3 /año desde la demarcación hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras a la demarcación hidrográfica del Guadalquivir para atender el abastecimiento de Matalascañas en Almonte (Huelva).
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Proeli/es/rdl/2023/05/11/4#disposicion-adicional-tercera