Título TÍTULO III
Art. 17
En vigor desde 24 feb 2019
Se incluirá como dotación en los Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio una asignación del Factor de Insularidad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que se ejecutará conforme a la naturaleza y reglas expuestas en los artículos siguientes.
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Proeli/es/rdl/2019/02/22/4#art-17