Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria

En vigor desde 13 abr 2011
En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, el Gobierno aprobará, a iniciativa del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, y a propuesta conjunta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Política Territorial y Administración Pública el Estatuto de la entidad pública empresarial ICEX. En tanto no se aprueben los Estatutos de la entidad pública empresarial ICEX, mantendrán su vigencia los Estatutos de la entidad de derecho público Instituto Español de Comercio Exterior, en tanto no se opongan a lo previsto en esta Ley.
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eli/es/rdl/2011/04/08/4#disposicion-transitoria

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