Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional única

En vigor desde 3 sept 2026
Las ayudas previstas en este real decreto-ley tendrán la consideración de inembargables a los efectos del artículo 169.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
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eli/es/rdl/2026/09/01/22#disposicion-adicional-unica

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