Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 29 dic 2019
Este real decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en los apartados 7, 14 y 17 del artículo 149.1 de la Constitución Española, que atribuyen al Estado, respectivamente, la competencia en materia de legislación laboral, Hacienda general y legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas.
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Proeli/es/rdl/2019/12/27/18#disposicion-final-tercera