Art. 3

En vigor desde 1 nov 2011
1. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio pondrá en marcha y financiará un programa de ayudas a la reindustrialización para Lorca, en el marco de las ayudas para actuaciones de reindustrialización durante el período 2007-2013, dirigidas a la recuperación de su tejido industrial, por un importe de un millón de euros en subvención y doce millones de euros en anticipos reembolsables para el año 2012. 2. Dicho programa de reindustrialización se desarrollará en 2012 y se mantendrá como mínimo hasta 2013. Se articulará mediante una convocatoria específica de ayudas que se efectuará conforme a la Orden ITC/3098/2006, de 2 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización durante el período 2007-2013. 3. Las ayudas irán destinadas a apoyar: a) Iniciativas industriales: inversiones en activos materiales relativos a la creación de nuevos establecimientos industriales y a la ampliación o mejora de unidades productivas existentes, para atender a procesos de diversificación empresarial o de mercados, y a soluciones tecnológicas para la mejora de la productividad de las pequeñas y medianas empresas. b) Infraestructuras industriales: iniciativas tendentes a conseguir suelo industrial de calidad, competitivo, con adecuadas infraestructuras de energía y comunicaciones, que haga atractivo el municipio de Lorca para el crecimiento empresarial.
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eli/es/rdl/2011/10/31/17#art-3

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