Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 2 ago 2022
A la entrada en vigor de este real decreto-ley y en tanto no se modifiquen o actualicen, seguirán siendo aplicables las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia COVID-19 vigentes en dicha fecha, pasando a tener naturaleza de recomendaciones.
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eli/es/rdl/2022/08/01/14#disposicion-transitoria-primera

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