Art. Disposición final octava

En vigor desde 26 jun 2021
Se habilita al Gobierno y a las personas titulares de los Ministerios de Hacienda y para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en el ámbito de sus competencias, para dictar las disposiciones y adoptar medidas que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto-ley.
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