Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª Infracciones en materia de movimientos migratorios

Art. 35

En vigor desde 16 dic 2006
Son infracciones graves: 1. La modificación de las condiciones de la oferta de trabajo para desplazarse al exterior, si causa perjuicio grave para el trabajador. 2. La ocultación, falsificación o rectificación de cláusulas sustanciales de un contrato de trabajo para desplazarse al exterior. 3. El desplazamiento del trabajador al país de acogida sin la documentación necesaria o la retención injustificada por la empresa de dicha documentación. 4. La contratación de marinos españoles por cuenta de empresas armadoras extranjeras realizada por personas o entidades no autorizadas por la autoridad laboral para realizar ese cometido. Se modifica por la disposición final 1.3 de la Ley 40/2006, de 14 de diciembre. Ref. BOE-A-2006-21991

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eli/es/rdlg/2000/08/04/5#art-35

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