Libro LIBRO TERCEROTítulo TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª Procedimiento, medios de ejecución y medidas cautelares

Art. Disposición final primera

En vigor desde 21 oct 2011
Esta ley se dicta al amparo de las competencias que corresponden al Estado en materia de legislación laboral, Hacienda del Estado, Marina Mercante y puertos de interés general, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 149.1.7ª, 149.1.14.ª, y 149.1.20.ª de la Constitución.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdlg/2011/09/05/2#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil