Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª Fondo Complementario de Financiación

Art. 118

En vigor desde 10 mar 2004
Participarán en los tributos del Estado con arreglo al modelo descrito en esta sección los municipios a los que se refiere el artículo 111 de esta ley.
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eli/es/rdlg/2004/03/05/2#art-118

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