Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Fondo Complementario de Financiación
Art. 118
127 / 273En vigor desde 10 mar 2004
Participarán en los tributos del Estado con arreglo al modelo descrito en esta sección los municipios a los que se refiere el artículo 111 de esta ley.
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Proeli/es/rdlg/2004/03/05/2#art-118