Libro LIBRO IVTítulo TITULO IICapítulo CAPITULO V

Art. Disposición transitoria cuarta

En vigor desde 1 may 1995
La presente Ley será aplicable a las ejecuciones en trámite a la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 521/1990, de 27 de abril, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Procedimiento Laboral, siendo válidas sin embargo las actuaciones realizadas al amparo de la legislación anterior.
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eli/es/rdlg/1995/04/07/2#disposicion-transitoria-cuarta

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