Libro LIBRO SEGUNDO›Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª De la formalización del acuerdo
Art. 680
En vigor desde 26 sept 2022
El experto ejercerá las funciones propias del cargo con la diligencia propia de un profesional especializado en reestructuraciones y con independencia e imparcialidad tanto respecto del deudor como de los acreedores.
Se modifica por el art. único.152 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580#au
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/2020/05/05/1#art-680