Libro LIBRO PRIMERO›Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 547
En vigor desde 26 sept 2022
Contra las sentencias dictadas por el juez del concurso cabrá recurso de apelación.
Se modifica por el art. único.137 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580#au
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/2020/05/05/1#art-547