Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Órganos competentes
Art. Disposición adicional undécima
En vigor desde 4 dic 2013
Las referencias que se hacen en el ordenamiento jurídico a la Oficina Permanente Especializada se entenderán realizadas a la Oficina de Atención a la Discapacidad.
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Proeli/es/rdlg/2013/11/29/1#disposicion-adicional-undecima