Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 3.ª Empleo protegido
Art. 46
En vigor desde 4 dic 2013
Para facilitar la transición al empleo ordinario de las personas trabajadoras con discapacidad con especiales dificultades para el acceso al mismo, se pueden constituir enclaves laborales, cuyas características y condiciones se establecen reglamentariamente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/2013/11/29/1#art-46