Título TÍTULO XIV›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 521 bis
En vigor desde 24 dic 2014
En las sociedades anónimas cotizadas, los estatutos no podrán exigir para asistir a la junta general la posesión de más de mil acciones.
Se añade por el art. único.36 de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-13240 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/2010/07/02/1#art-521-bis