Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Participaciones sociales y acciones sin voto
Art. 103
En vigor desde 1 sept 2010
Toda modificación estatutaria que lesione directa o indirectamente los derechos de las participaciones sociales o de acciones sin voto exigirá el acuerdo de la mayoría de las participaciones sociales o de las acciones sin voto afectadas.
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Proeli/es/rdlg/2010/07/02/1#art-103