Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE REGULACIÓN DE LOS PLANES Y FONDOS DE PENSIONES›Capítulo CAPÍTULO XII
Art. Disposición transitoria duodécima
En vigor desde 2 jul 2022
Durante el período máximo establecido en la disposición transitoria undécima, los derechos consolidados de las personas partícipes de los planes de pensiones asociados existentes se podrán movilizar a los planes de pensiones del sistema de empleo en los que las personas partícipes del plan asociado de origen puedan ostentar la condición de personas partícipes del plan de empleo de destino.
Se añade por el art. único.14 de la Ley 12/2022, de 30 de junio. Ref. BOE-A-2022-10852#au
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Proeli/es/rdlg/2002/11/29/1#disposicion-transitoria-duodecima