Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 232
En vigor desde 14 dic 2002
En materia de infracciones y sanciones se estará a lo dispuesto en el presente Título y en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Se modifica por el .12 de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-24244 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/1994/06/20/1#art-232