Libro LIBRO PRIMERO›Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO XI›Secc. Sección 4.ª De la extinción de la curatela
Art. Sección segunda
DerogadoEn vigor desde 15 nov 1983
Sección 2.ª De la curatela en casos de prodigalidad
Se añade por el de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1889/07/24/(1)#seccion-segunda-10