Libro LIBRO CUARTOTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Del consentimiento

Art. 1264

En vigor desde 18 ago 2015
Lo previsto en el artículo anterior se entiende sin perjuicio de las prohibiciones legales o de los requisitos especiales de capacidad que las leyes puedan establecer. Se modifica por el .30 de la Ley 26/2015, de 28 de julio. Ref. BOE-A-2015-8470#asegundo .

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eli/es/rd/1889/07/24/(1)#art-1264

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