Libro LIBRO IITítulo TÍTULO X

Art. 619

En vigor desde 1 jun 1997
Para todo lo relativo a la responsabilidad civil de un tercero y a los incidentes a que diere lugar la ocupación y en su día la restitución de cosas que se hallaren en su poder se formará pieza separada, pero sin que por ningún motivo se entorpezca ni suspenda el curso de la instrucción.
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eli/es/rd/1882/09/14/(1)#art-619

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