Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª: De la «Música»
Art. 25
En vigor desde 5 may 1993
En el año académico 1992-93 se implantarán los cursos 1.º y 2.º del Grado Elemental y dejarán de impartirse las enseñanzas establecidas según el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 24 de octubre), sobre Reglamentación general de los Conservatorios de Música correspondientes a los cursos siguientes:
1.º y 2.º de «Solfeo» y «Teoría de la Música»;
1.º de las especialidades de diez años;
1.º de las especialidades de ocho años;
1.° de las especialidades de siete años, y
1.º de las especialidades de cinco años.
Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria 2.1 del Real Decreto 535/1993, de 12 de abril. Ref. BOE-A-1993-11247 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1991/06/14/986#art-25