Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 2.ª Normas de tramitación
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 27 mar 2014
Se habilita al Ministro de Justicia para dictar las disposiciones necesarias para la puesta en funcionamiento del Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación.
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Proeli/es/rd/2013/12/13/980#disposicion-final-segunda