Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 12 nov 2020
La constitución y el funcionamiento del comité de selección previsto en el presente real decreto se atenderá con los recursos humanos y materiales de los departamentos ministeriales implicados, por lo que su actuación no supondrá gastos adicionales a los previstos en las dotaciones presupuestarias de los mismos ni incremento de gasto público.
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Proeli/es/rd/2020/11/10/972#disposicion-adicional-segunda