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Art. 29

En vigor desde 8 feb 2009
Antes de que su jefe haya tomado una decisión, podrá proponerle cuantas sugerencias estime adecuadas; pero una vez adoptada, la aceptará y defenderá como si fuera propia, desarrollándola y transmitiéndola con fidelidad, claridad y oportunidad para lograr su correcta ejecución.
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eli/es/rd/2009/02/06/96#art-29

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