Art. 8

En vigor desde 9 sept 1988
La concesión del Collar, la Gran Cruz y la Corbata se efectuará por Real Decreto, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia. Las restantes categorías se concederán por Orden del Ministro de Educación y Ciencia.
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eli/es/rd/1988/09/02/954#art-8

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