Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Órganos de coordinación docente

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 7 nov 2015
Todas las referencias al alumnado, profesorado, tutores, equipo directivo y a titulaciones para las que en este real decreto se utiliza la forma del masculino genérico deben entenderse aplicables indistintamente a mujeres y a hombres.
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eli/es/rd/2015/10/23/950#disposicion-adicional-segunda

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